UN DATO QUE PUEDE ESCONDER INFORMACIÓN ESPECIALMENTE SENSIBLE
La utilización de sistemas fiables, seguros y baratos como mecanismos de identificación y autenticación ha sido una constante y un reto tecnológico. Las claves o contraseñas breves, fácilmente memorizables pero sencillas en su quiebra ha traído de cabeza a diferentes equipos de desarrollo mundiales, tratando de confeccionar mecanismos que sean familiares para las personas usuarias, sin complicaciones nemotécnicas, y técnicamente fiables.
En esta búsqueda se encontró un objeto que era consustancial a las personas, como son sus patrones biométricos que no tienen que ser aprendidos, estadísticamente son difícilmente repetibles y no requieren de reglas memorísticas cambiantes y datos complejos. Las personas, dentro de sus características corporales, disponen de patrones que pueden ser leídos por las máquinas y posteriormente contrastados con los modelos previamente almacenados. El problema radica en la consecuencia: esos patrones también describen de una forma unívoca una faceta de dicha persona.
Si bien, ni la normativa ni las Autoridades de protección de datos fueron especialmente proclives durante muchos años a la protección de dichos datos, dado que no había literatura científica que avalase problema alguno con los mismos, a partir del año 2012 y de estudios realizados conjuntamente por las mismas Autoridades a nivel europeo, se detectó que dichos patrones podrían suponer un peligro para las personas.
Se detectó una conclusión obvia, en que, si bien un identificador/contraseña puede ser eliminado, en biometría la fuente de la que se han extraído no puede ser modificada ni suprimida, conllevando una vinculación que podría ser irrespetuosa con el conjunto de derechos descritos en la normativa. Por ese motivo, y con el fin de ser más explícitos, el Reglamento Europeo de protección de datos incluyó esos datos dentro de las categorías especialmente protegidas.
Este camino, que ha llevado a un mismo dato avanzar desde la indiferencia hasta la especial protección, ha supuesto un vaivén de dictámenes, resoluciones y sentencias de diferentes organizaciones hasta confluir en el convencimiento general que afirma que dichos datos deben ser protegidos de una forma especial.
En la actualidad todas las Autoridades de control alertan sobre el posible uso de dichos datos, advirtiendo en la necesidad de cumplir con todos los principios de protección de datos de forma rigurosa, por su especial relevancia. Ahora nos toca a la ciudadanía ser conscientes de dichos riesgos y no permitir que se nos capturen salvo que el tratamiento sea realmente importante.